Requisitos de acceso generales

Con carácter general, para acceder a un programa de doctorado es necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de grado, o equivalente, y de máster universitario.

Asimismo, puede acceder quien se encuentre en alguno de los casos siguientes:

  • Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los cuales, al menos 60 deben ser de nivel de máster. En este supuesto hay que recordar que el título universitario oficial que haya obtenido la correspondencia al nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), para los títulos oficiales de Diplomado o Ingeniero Técnico quedará contabilizado como una titulación de 180 créditos ECTS.
  • Estar en posesión de un título oficial español de graduado, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea al menos de 300 créditos ECTS. Estos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación a que se refiere el artículo 7.2 del Real Decreto 99/2011, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación equivalentes en valor formativo a los créditos de investigación procedentes de estudios de máster.
  • Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza de formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en ciencias de la salud.
  • Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, con la comprobación previa de la universidad que este título acredita un nivel de formación equivalente al del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a los estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo que tenga el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que no sean el acceso a enseñanzas de doctorado.
  • Estar en posesión de otro título español de doctor, obtenido de acuerdo con ordenaciones universitarias anteriores.
  • Estar en posesión del título de licenciatura, de arquitectura o de ingeniería que tengan el diploma de estudios avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, o haber alcanzado la suficiencia investigadora regulada en el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero.
  • Estar en posesión de un título universitario oficial que haya obtenido la correspondencia al nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), para los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero o Licenciado.


La admisión al programa de doctorado la resuelve el rector o la rectora, y está condicionada a la superación de los complementos de formación, si fuera el caso.

Requisitos de acceso específicos

Los requisitos específicos del programa de doctorado en Física se han establecido para asegurar un perfil de estudiante que maximice las probabilidades de éxito en el programa. El doctorando ha de tener experiencia reconocida en investigación, unos conocimientos profundos de los conceptos y las herramientas básicas en física y capacidad de asimilar nuevos conocimientos, y ha de tener dominio del inglés (idioma vehicular del programa).

Criterios de selección

Los criterios de valoración de méritos en el proceso de selección son los siguientes:
  • Expediente académico y afinidad de los estudios con el área de física (60%).
  • Obtención de ayudas y becas de investigación (10%).
  • Experiencia investigadora (participación en congresos, publicaciones, pertinencia a proyectos de investigación) (20%).
  • Estancias académicas al extranjero (10%).

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