Complementos de formación

El proceso de admisión a los programas de doctorado puede incluir la exigencia de superar complementos de formación específicos, en función de la formación previa del estudiante, así como complementos de iniciación a la investigación, que se configuran a partir de actividades de postgrado oficial ya programadas por la universidad.

Estos complementos de formación específica tienen, a efectos de los precios públicos y de la concesión de becas y ayudas al estudio, la consideración de formación de nivel de doctorado, y su desarrollo no computa respecto al límite establecido.

Los complementos de formación:

  • Se formalizan en el momento de la matrícula.
  • Se deben superar durante el primer curso de doctorado.
  • No pueden exceder los 30 créditos ECTS.

Cuando la comisión académica del programa de doctorado en Antropología Social y Cultural, de común acuerdo con el director/a de tesis, consideren que hay una deficiencia específica en la formación previa, ya sea en el campo metodológico o teórico, puede recomendar cursar complementos de formación de entre los ofrecidos en el máster oficial en Antropología: investigación avanzada e intervención social, en un número máximo de 30.

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