Derechos y ayudas
Derechos
Para todas aquellas mujeres en situación de violencias machistas, el Servicio de Igualdad y Diversidad pone a disposición una guía básica que recoge los derechos dirigidos a estas personas. Encontraréis información para detectar las violencias machistas, así como los derechos dirigidos a las alumnas y a las trabajadoras.
Guia bàsica dels drets de les dones en situació de violència masclista a la UAB (català)
Ayudas
El objetivo de la ayuda es poner a disposición de aquellas personas víctimas de violencia por razón de género algunos instrumentos y recursos que puedan contribuir a compensar las situaciones de dificultad en la evolución académica de los estudios universitarios oficiales en la UAB.
Las ayudas al estudio asociadas a este programa podrán consistir en dos modalidades:
Modalidad A: Ayudas a la matrícula:
a. Créditos matriculados durante el curso académico 2024-2025.
b. Excepción de los recargos asociados a la morosidad económica de la matrícula.
Modalidad B: Ayudas económicas dirigidas a incentivar que no se abandonen los estudios universitarios.
a. Estancias de prácticas académicas remuneradas..
b. Estancias de movilidad en una institución de educación superior del Estado español en el marco de un programa de movilidad sin ayuda al estudio. La dotación económica de esta modalidad será de 250 euros mensuales, hasta un máximo de 2.500 euros.
Las mujeres víctimas de violencia machista, así como a los hijos e hijas que dependen de ellas, continuar los estudios oficiales de grado en una universidad diferente de aquella en la que los iniciaron. La finalidad es que la persona afectada pueda continuar sus estudios, en el plazo de tiempo más corto posible, mediante el traslado de su expediente, en cualquiera de las universidades del sistema catalán que haya elegido.
Procedimiento y acreditación
El procedimiento excepcional de cambio de estudios universitarios oficiales de grado se iniciará cuando la mujer víctima de violencia machista, o los hijos o hijas que dependen de ellas, solicite el traslado de expediente en la universidad donde ha iniciado sus estudios de grado. Este procedimiento para realizar el cambio de universidad tendrá un carácter gratuito.
Para acreditar la consideración de víctima de violencia machista la persona afectada podrá aportar como pruebas cualificadas:
- La sentencia de cualquier orden jurisdiccional, aunque no haya ganado firmeza, que declare que la mujer ha sufrido la violencia de género.
- La orden de protección vigente.
- El Informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
En ausencia de estas pruebas también se considerarán situaciones de violencia machista la existencia de los siguientes indicios:
- Cualquier medida cautelar judicial de protección, seguridad o de aseguramiento vigente.
- El atestado elaborado por las fuerzas y cuerpos de seguridad que han presenciado directamente la manifestación de violencia de género.
- El informe del ministerio fiscal.
- El informe médico o psicológico elaborado por una persona profesional colegiada en el cual conste que la mujer ha sido atendida en algún centro sanitario a causa de violencia de género.
- El informe de los servicios públicos con capacidad de identificación de la situación de violencia de género. Se reconoce esta capacidad a los servicios sociales de atención primaria, a los servicios de acogida y recuperación, a los servicios de intervención especializada y a las unidades especializadas dentro de las fuerzas y cuerpos de seguridad.
- El informe del Institut Català de les Dones.
- Cualquier otro medio establecido por disposición legal.