Govern y universidades firman un convenio de colaboración para facilitar el cambio de estudios oficiales de grado a las estudiantes víctimas de violencia machista

Govern i universitats signen un conveni pel canvi d'estudis a les víctimes de violència masclista
Esta actuación se enmarca en los diecisiete objetivos de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas para superar las desigualdades sociales.

08/01/2019

La consejera de la Presidencia, Elsa Artadi, y la de Empresa y Conocimiento, Àngels Chacón, han firmado hoy en el Palau de la Generalitat un convenio de colaboración con todos los rectores y rectoras de las universidades de Cataluña con el objetivo de implantar un procedimiento excepcional de cambio de estudios oficiales de grado dirigido a mujeres estudiantes que acrediten la condición de víctimas de violencia machista.
 
Esta medida permitirá a las mujeres víctimas de violencia machista, así como a los hijos e hijas que dependen de ellas, continuar los estudios oficiales de grado en una universidad diferente de aquella en la que los iniciaron. La finalidad es que la persona afectada pueda continuar sus estudios, en el plazo de tiempo más corto posible, mediante el traslado de su expediente, en cualquiera de las universidades del sistema catalán que haya elegido.
 
El convenio firmado responde a la voluntad del Govern y de las universidades catalanas de luchar contra la violencia de género y garantizar los derechos básicos de las mujeres que la sufren. Las entidades firmantes reconocen que la violencia de género es un problema estructural que sufren las mujeres, tanto en el ámbito público como en el ámbito privado, en el marco de unas relaciones de poder desiguales entre mujeres y hombres. En este sentido, se trata de una grave vulneración de los derechos humanos y un impedimento para que las mujeres puedan lograr la plena ciudadanía, la autonomía y la libertad. El presente convenio se enmarca, además, en los diecisiete objetivos de desarrollo sostenible fijados por las Naciones Unidas para superar las desigualdades sociales.
 
Procedimiento y acreditación
 
El procedimiento excepcional de cambio de estudios universitarios oficiales de grado se iniciará cuando la mujer víctima de violencia machista, o los hijos o hijas que dependen de ellas, solicite el traslado de expediente en la universidad donde ha iniciado sus estudios de grado. Este procedimiento para realizar el cambio de universidad tendrá un carácter gratuito.
 
Para acreditar la consideración de víctima de violencia machista la persona afectada podrá aportar como pruebas cualificadas:
 

  • La sentencia de cualquier orden jurisdiccional, aunque no haya ganado firmeza, que declare que la mujer ha sufrido la violencia de género.
  • La orden de protección vigente.
  • El Informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
 
En ausencia de estas pruebas también se considerarán situaciones de violencia machista la existencia de los siguientes indicios:
 
  • Cualquier medida cautelar judicial de protección, seguridad o de aseguramiento vigente.
  • El atestado elaborado por las fuerzas y cuerpos de seguridad que han presenciado directamente la manifestación de violencia de género.
  • El informe del ministerio fiscal.
  • El informe médico o psicológico elaborado por una persona profesional colegiada en el cual conste que la mujer ha sido atendida en algún centro sanitario a causa de violencia de género.
  • El informe de los servicios públicos con capacidad de identificación de la situación de violencia de género. Se reconoce esta capacidad a los servicios sociales de atención primaria, a los servicios de acogida y recuperación, a los servicios de intervención especializada y a las unidades especializadas dentro de las fuerzas y cuerpos de seguridad.
  • El informe del Institut Català de les Dones.
  • Cualquier otro medio establecido por disposición legal.
 
 
Comisión de seguimiento
 
Con el fin de llevar a cabo un seguimiento detallado del presente convenio se creará una Comisión de seguimiento compuesta por tres personas en representación de la Administración de la Generalitat de Cataluña –una designada por el titular de la Secretaría de Universidades e Investigación, una por el Consejo Interuniversitario de Cataluña, y una por el Institut Català de les Dones–; así como una persona en representación de cada una de las universidades firmantes, nombrada por su respectivo rector o rectora.
 
.Esta Comisión velará, entre otras cosas, por el cumplimiento del convenio e intervendrá en la resolución de las controversias que se puedan suscitar en su desarrollo así como en los casos dudosos.