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Convocatoria de ayudas al estudio para personas víctimas de violencia por razón de género. Curso 2021-2022

Descripción

El objetivo de la ayuda es poner a disposición de las personas víctimas de violencia por razón de género algunos instrumentos y recursos financiados a cargo de la partida presupuestaria de becas que puedan contribuir a compensar las situaciones de dificultad en la evolución académica de los estudios universitarios oficiales en la UAB, durante el curso académico 2021-2022.

Requisitos

1 - Cursar estudios oficiales de en un centro propio de la UAB.

2 - Acreditar la condición de víctima de violencia por razón de género mediante cualquiera de los documentos especificados en el anexo 1. La validez temporal de esta documentación está especificada en el anexo 2.

3. Tener nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea. En el caso de personas extranjeras no comunitarias, habrá que acreditar la condición de residencia.

Modalidades de ayudas

Las ayudas al estudio asociadas a este programa podrán consistir en dos modalidades:

Modalidad A: Ayudas a la matrícula:

a. Créditos matriculados durante el curso académico 2021-2022.

b. Exención de los recargos asociados a la morosidad económica de la matrícula.

Modalidad B: Ayudas económicas orientadas a incentivar que no se abandonen los estudios universitarios.

a. Estancias de prácticas académicas remuneradas.

b. Estancias de movilidad en una institución de educación superior del estado español en el marco de un programa de movilidad sin ayuda al estudio. La dotación económica de esta modalidad será de 250 euros mensuales, hasta un máximo de 2.500 euros.

Procedimiento de solicitud
  • Rellenar y firmar el formulario para solicitar la ayuda: Enlace a la solicitud 
  • Adjuntar la documentación acreditativa suficiente.
  • La documentación se ha de presentar en la Gestión Académica del centro de la persona solicitante, en el Registro General de la UAB o por correo postal certificado a: 

           Universitat Autònoma de Barcelona

           Àrea d’Afers Acadèmics

           Edifici del Rectorat - Campus Universitari

           08193 Bellaterra (Cerdanyola del Vallès)

Duración

Curso académico 2021-2022

Incompatibilidades

Estas ayudas son incompatibles con las ayudas concedidas por cualquier otro organismo público o privado con la misma finalidad.

Bases de la convocatoria

Fecha de inicio de solicitudes

01/07/2021

Fecha de fin de solicitudes en el Organismo convocante

30/04/2022

Documentación

Puede ser alguno de los siguientes documentos:

 1) Sentencia de cualquier orden jurisdiccional, aunque aun no sea firme, que declare que la mujer y/o los hijos o hijas que dependen de ella han sufrido violencia por razón de género.

2) Orden de protección vigente.

3) Informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

4) Cualquier medida cautelar judicial de protección o seguridad vigente.

5) Atestado elaborado por las fuerzas y cuerpos de seguridad que han presenciado directamente la manifestación de violencia machista en el ámbito de la pareja.

6) Informe del ministerio fiscal.

7) Informe médico o psicológico elaborado por una persona profesional colegiada en la que conste que la mujer y/o los hijos e hijas que dependen de ella han estado atendidos en algún centro sanitario por causa de violencia machista en el ámbito de la pareja.

8) Informe de los servicios públicos con capacidad de identificación de la situación de víctima de violencia machista en el ámbito de la pareja. Se reconoce esta capacidad a los servicios sociales de atención primaria, a los servicios sociales de acogimiento y recuperación, a los servicios de intervención especializada y a las unidades especializadas dentro de las fuerzas y cuerpos de seguridad.

9) Informe de l’Institut Català de les Dones.

10) Cualquier otro medio establecido por disposición legal.

Correo electrónico

consulta.beca@uab.cat

Resolución

La comisión de selección resolverá las solicitudes en el plazo máximo de 90 días naturales desde la fecha de presentación de la solicitud mediante la publicación de resoluciones parciales. Transcurrido este plazo sin resolución expresa, se entenderá que el silencio es negativo.

Calendario de resoluciones según la fecha de presentación de la solicitud:

 
Período de solicitud Fecha prevista de la publicación de las resoluciones parciales*
1 de julio al 31 de agosto 30 de septiembre de 2021
1 de septiembre al 31 de octubre 30 de noviembre de 2021
1 de noviembre al 31 de diciembre 31 de enero de 2022
1 de enero al 28 de febrero  31 de marzo de 2022
1 de marzo al 30 de abril  31 de mayo de 2022

*Les fechas de las resoluciones pueden tener pequeñas variaciones, en función de las fechas de reunión de la comisión de adjudicación de las becas.