Prácticas externas

Las prácticas profesionales forman parte de las asignaturas optativas de los planes de estudio de la Facultad de Derecho, y se pueden realizar durante el primer semestre, durante el segundo o a lo largo de todo el curso académico.

Coordinación de los programas de prácticas:

Grado en Criminología:
Coordinador/a de estudios:  Dr. Josep Cid
Coordinador/a de prácticas: Helena Mulero i Ainoa Mulero

Grau en Derecho:
Coordinador/a de estudios:  Dra. Nuria Reynal
Coordinador/a de prácticas: Dra. Noelia Igareda

Grau en Relaciones Laborales:
Coordinador/a de estudios y Prácticas: Dra. Olga Paz

Definició y naturaleza

Las prácticas externas curriculares son una actividad con carácter formativo, que tiene que permitir al estudiante: (1) aplicar y complementar los conocimientos adquiridos durante la formación académica; (2) favorecer la adquisición de competencias que le prepare para el ejercicio de actividades profesionales; (3) facilitar su empleabilidad y (4) fomentar su capacidad de emprendimiento.

Dado el carácter formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no se derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

Se pueden realizar en la propia Universidad o en entidades colaboradoras (empresas, instituciones y entidades públicas y privadas, tanto nacionales como internacionales).

Convenios de cooperación educativa

Las entidades colaboradoras subscribirán Convenios Específicos de Cooperación Educativa, donde se incluye el proyecto formativo para establecer el marco regulador de las relaciones entre el estudiante, la entidad colaboradora y la Facultad de Derecho (ved modelo)

Modelo de convenio específico

Las prácticas externas curriculares son actividades académicas integradas en un plan de estudios, a las cuales nos referimos en esta página. Se gestionan a la Gestión Académica.

La duración de las prácticas curriculares lo establece el plan de estudios, en función del número de créditos de la asignatura.

A la Guía Docente de cada asignatura se determina el número de horas de estancia y los créditos.

Los calendarios y los horarios se establecerán de acuerdo con las características de las prácticas y teniendo en cuenta las disponibilidades de la entidad colaboradora. En todo caso, tienen que ser compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación del estudiante en la Universidad.

AUTO-PRÁCTICUM:

Se entiende por auto-prácticum aquel canal a través del cual el alumnado formula propuestas de realización de prácticas curriculares en empresas, organizaciones o despachos profesionales con los que ha contactado previamente.

Las personas coordinadoras de prácticas de grado decidirán cada curso académico si se abre plazo para solicitar auto-prácticum.

Consultad las pautas de auto-prácticum de los grados de la Facultad de Derecho

La asignatura de Prácticas externas es optativa en todos los planes de estudio de grado de la Facultad de Derecho. Podrán realizar las Prácticas externas:

  • El alumnado matriculado a la asignatura que haya abonado el seguro complementario.
  • Para matricular la asignatura de Prácticas externas, el estudiante tiene que haber superado el primer curso completo y 60 créditos más entre segundo y tercer curso del Grado.
Requisitos:
  • No mantener una vinculación laboral con la entidad colaboradora donde se quieran hacer las prácticas o una relación de parentesco de hasta segundo grado con algún directivo o con el tutor o tutora externo.

Excepcionalmente, cuando el estudiante quiera desarrollar las prácticas académicas externas en una entidad con la cual mantiene una vinculación de carácter laboral, o en la cual tiene una relación de parentesco de hasta segundo grado con algún directivo o con el tutor o tutora externo, el coordinador o coordinadora de la titulación o el cargo equivalente, una vez supervisada la idoneidad y la realidad de las prácticas, tiene que solicitar al vicerrector competente en la materia una autorización para que el estudiante pueda desarrollar las prácticas a la entidad con la cual mantiene una relación laboral o se den las circunstancias señaladas.

Normativa de evaluación:
  • Una vez asignadas las prácticas, estas son irrenunciables.
    • Si se renuncia antes de efectuar‐las, serán calificadas con No Presentado.
    • Si se renuncia una vez iniciadas, serán calificadas con Suspenso.
  • A la Guía docente de cada asignatura se determinan los aspectos que determinarán la nota.
Alumnado del Grado en Derecho: puedo hacer prácticas y una mención?

Como compaginar las prácticas externas y una mención

OFERTA DE PRÁCTICAS

La Facultad de Derecho publicará una lista de entidades colaboradoras a comienzos del curso académico, en el mes de septiembre. El alumnado formalizará, en los plazos que se fijen, una solicitud donde indicarán los lugares escogidos por orden de preferencia. El criterio de adjudicación será la media ponderada del expediente académico y el número de créditos superados por el alumno/a.  

Una vez hecha la adjudicación, se comunicará a las entidades los/las alumnos que tienen asignados. La entidad y el estudiante tendrán que pactar el calendario y horario de la estancia de prácticas, teniendo en cuenta que tienen que ser compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación del estudiante en la Universidad.

La naturaleza de las prácticas es estrictamente académica y el elemento primordial en la adjudicación de plazas es el currículum académico. Por este motivo se espera un compromiso por parte de las entidades colaboradoras de acoger los/las alumnos asignados/des, y la Facultad de Derecho no facilitará currículums vitae ni diferentes propuestas de candidatos/tieso para participar en un proceso de selección.

Cuando el horario y el calendario estén pactados, se procederá a tramitar el convenio específico del estudiante. Este convenio tiene que estar firmado electrónicamente por todas las partes antes de la fecha de inicio, y la estancia no puede empezar hasta que todo el mundo haya firmado.

Podéis consultar los certificados digitales reconocidos por la Universidad en este sitio web: Trámites y gestiones con identificación digital

CALENDARIO PARA PRÁCTICAS EXTERNAS DE GRADO

Calendario para prácticas externas de grado. Curso 2024/2025

A raíz de un cambio legislativo, a partir del mes de enero de 2024 todo el alumnado que haga prácticas curriculares habrá de cotizar a la Seguridad Social.

Para poder gestionar las altas de los periodos de cotización, es necesario tener informado el Número de la Seguridad Social (NUSS) al expediente académico. Por este motivo, hace falta que el alumnado revise los datos personales que constan al sistema informático de la UAB y actualice lo NUSS.

Al sitio web de la Seguridad Social se usa el acrónimo NSS, que es el mismo que a nuestras bases de datos de gestión del  expediente académico denominamos NUSS.

Todo el alumnado que quiera hacer prácticas curriculares tiene que disponer del NUSS, puesto que es obligatorio. En caso de no disponer de NUSS, el alumnado no podrá iniciar las prácticas.

En el enlace siguiente  encontraréis toda la información relacionada con el NUSS, así como los trámites que hay que seguir para consultarlo y generarlo, de manera desglosada:

Cotizaciones de prácticas curriculares

También podéis consultar las preguntas frecuentes sobre las cotizaciones de prácticas curriculares

OFERTA PROPORCIONADA POR LA FACULTAD

La solicitud de plaza y la adjudicación definitiva se harán de manera telemática accediendo, con tu NIU y contraseña, al sitio web: sia.uab.cat/inscripciótreballfiestudis/pràctiques/mínors 

*Recuerda consultar el calendario de prácticas de tu titulación

  • Selecciona 25 plazas por orden de preferencia.
  • Vigila si hay requisitos.
  • El criterio que se aplica en la adjudicación de las plazas es el baremo del expediente académico.
  • Mientras esté abierto el plazo de solicitud de plaza se puede modificar la selección realizada.
  • Finalizado el plazo de solicitud se asignarán las plazas.
AUTO-PRÁCTICUM

Para solicitar el auto-prácticum se tendrá que presentar una solicitud formal de manera presencial a la Gestión Académica de la Facultad de Derecho o, en caso de disponer de certificado digital, a través de la Sede electrónica de la UAB .

*Recuerda consultar los plazos de solicitud en el calendario para Prácticas externas de grado.

Documentación que hay que presentar

Criterios a analizar en la solicitud de auto-prácticum para el Grado en Derecho y para el Grado en ADE y Derecho

Una vez finalizadas las estancias de prácticas, el estudiante y la persona tutora de la entidad colaboradora tienen que elaborar una memoria y un informe final respectivamente y presentarlos, según los modelos establecidos por la Universidad

DOCUMENTACIÓN PARA ESTUDIANTES

*Recuerda consultar los plazos en el calendario para Prácticas externas de grado.

DOCUMENTACIÓN PARA ENTIDADES COLABORADORAS

Puede ser objeto de reconocimiento la experiencia laboral y profesional acreditada, siempre que esté relacionada con las competencias inherentes en el título. Hay que tener un contrato con una vigencia mínima de 2 años.

SOLICITUD

No hay que tener matriculada la asignatura y se puede pedir a lo largo de todo el curso.

Qué hay que aportar:
  • Solicitud (hacer el pago de la tasa)
  • Contrato de trabajo
  • Vida Laboral actualizada (se puede descargar del web de la Seguridad Social)
  • Acreditación de la empresa que describa las tareas llevadas a cabo y las competencias logradas mediante la actividad laboral.

La coordinación del grado estudiará la idoneidad de aceptar, o no, el reconocimiento de la solicitud.

Los créditos reconocidos en concepto de experiencia laboral computarían al expediente como prácticas de la titulación.

El número de créditos objete de reconocimiento obtenidos en enseñanzas no oficiales y experiencia laboral y profesional no puede ser superior, en su conjunto, al 15 por ciento del total de créditos del plan de estudios.

EFECTOS ACADÉMICOS

1. Los créditos reconocidos se incorporan al expediente del estudiante con la calificación de apto/a, y especificando que han sido reconocidos.

2. Los créditos reconocidos no se tienen en cuenta a los efectos del cómputo de la media del expediente académico del estudiante.