Seguridad y Prevención en la Corporación UAB

Introducción a la prevención de riesgos laborales



La Ley 31/1995 de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales es la herramienta de regulación del Estado español que determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades para la protección de salud de los trabajadores y trabajadoras ante los riesgos derivados de las condiciones de trabajo, y establece unas bases para una política de prevención de los riesgos laborales coordinada y eficaz, incluidos aquellos aspectos más técnicos en medidas preventivas.

Esta normativa es de aplicación en el ámbito de las relaciones laborales reguladas por el Estatuto de los Trabajadores y de las relaciones de carácter administrativo del personal de las administraciones públicas.

Con la voluntad de fomentar una auténtica cultura preventiva, mediante la promoción de la mejora de la educación en esta materia en todos los niveles educativos, esta Ley involucra a la sociedad en su conjunto y, como tal, exige a las organizaciones la aplicación de unos derechos y deberes, y la corrección de situaciones de riesgo ya manifestadas.

Qué incluye la Ley en prevención de riesgos laborales:

Situaciones de emergencia: en esta normativa se regula el conjunto de derechos y obligaciones derivadas del derecho básico de los trabajadores a la protección y, también, de manera más específica, las actuaciones que tienen que llevar a cabo en situaciones de emergencia o en caso de riesgo grave e inminente, y las garantías y derechos relacionados con la vigilancia de la salud de los trabajadores, con especial atención a la protección de la confidencialidad y el respeto a la intimidad en el trato de estas actuaciones, entre otros.

Creación de un Plan de Prevención: se establece una estructura de actuación, por parte de uno o distintos trabajadores de la empresa, para conformar un servicio de prevención o del recurso a un servicio de prevención ajeno a la empresa, además de la organización de actividades de prevención con el reconocimiento de la diversidad de situaciones a las que se dirige la Ley en cuanto a la magnitud, complejidad e intensidad de los riesgos inherentes.

Información para cada puesto de trabajo: asimismo, se incluye la necesidad de aportar la información y la formación de los trabajadores dirigidas a conocer tanto el alcance real de los riesgos derivados del trabajo como la forma de prevenirlos y evitarlos. Los riesgos detectados se deben listar de manera adaptada a las particularidades de cada centro de trabajo, y a las características de las personas que llevan a cabo una actividad laboral concreta.

Participación en el sistema de prevención: la Ley también menciona los derechos de consulta y participación de los trabajadores en relación con las cuestiones que afectan la seguridad y salud en el trabajo, mediante un sistema de representación colectiva, y los denominados delegados de prevención –elegidos por el personal y sus representantes-; y el Comité de Seguridad y Salud, el órgano de encuentro entre representantes y empresario para la participación en materia de la prevención de riesgos.


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