Estudiantes visitantes

Durante los últimos años un número creciente de estudiantes han manifestado su interés por acceder temporalmente a nuestra Universidad con la intención de completar su formación académica, pero sin integrarse regularmente en las enseñanzas oficiales que permiten obtener un título de grado o de máster. Por este motivo, la Universidad ha regulado la matrícula extraordinaria de estos estudiantes.


Tendrán la consideración de estudiantes visitantes todos aquellos estudiantes o graduados universitarios que han sido admitidos para cursar estudios parciales de las titulaciones impartidas en la UAB, y que no han accedido a través de los procedimientos ordinarios previstos para el acceso a los estudios oficiales o través de los programas de intercambio o de los convenios bilaterales con otras universidades que prevén este tipo de movilidad.
 

Normativa:

Normativa académica de la Universidad Autónoma de Barcelona aplicable a los estudios universitarios regulados de conformidad con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio (Texto refundido aprobado por el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 2 de marzo de 2011) (Título VIII: matrícula extraordinaria estudiantes visitantes)


Oferta formativa en la que pueden participar e información sobre el acceso y matrícula en la misma:

Programas específicos (Study Abroad Programmes)