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Reconocimiento de créditos

Reconocimiento de créditos universitarios

Requisitos
Si has superado enseñanzas universitarias en la UAB o en cualquier otra universidad del Estado español o del extranjero puedes solicitar el reconocimiento de créditos cuando hayas sido admitido en otros estudios. Estos créditos pueden ser objeto de reconocimiento (asignaturas/módulos).

El reconocimiento implica, la aceptación de las enseñanzas previas por la UAB, de modo  que los créditos reconocidos se incorporan al nuevo expediente académico y tienen la consideración de formación concluida. También se tienen en cuenta a efectos de baremación del nuevo expediente.

La solicitud debe incluir la totalidad de las enseñanzas superadas que consten en el expediente académico de los estudios anteriores. El reconocimiento de créditos se llevará a cabo teniendo en cuenta la equivalencia entre las competencias y contenidos de la formación previa superada y los de los nuevos estudios.

Si la solicitud es aceptada, las enseñanzas reconocidas se incorporan al nuevo expediente académico cuando se lleve a cabo el pago del precio de reconocimiento de créditos (establecido en el Decreto de precios de la Generalitat de Catalunya). Una vez incorporados los créditos, no se podrá renunciar a ellos.

Presentación de solicitudes
Hay que presentar la solicitud en los plazos fijados en el calendario académico-administrativo, y dirigirla al decanato o dirección del centro en que hayas sido admitido para cursar los nuevos estudios. Esta solicitud se presenta en la gestión académica del propio centro, acompañada de la siguiente documentación:

  • Formulario de solicitud.
  • Comprobante original del pago del precio público que se establezca en el Decreto de precios de la Generalitat de Catalunya en concepto de solicitud.
  • Certificación académica personal, suplemento europeo al título o fotocopia compulsada del expediente académico en que figure la formación realizada, el año académico y las calificaciones.
  • Guía docente del módulo o asignatura en la que figuren las competencias, los contenidos, los conocimientos asociados y el número de créditos o de horas/semanas por semestre o año, con el sello del centro de origen correspondiente.
  • Plan de estudios o cuadro de asignaturas o módulos exigidos para realizar las enseñanzas previas, expedido por el centro de origen, con el sello correspondiente.
  • Cualquier otra documentación que el centro considere adecuada para tramitar la solicitud.

Si las enseñanzas previas se han obtenido en una universidad de fuera del Estado español, se debe presentar, adicionalmente, la siguiente documentación:

  • Información sobre el sistema de calificaciones de la universidad de origen.
  • Si procede, la traducción correspondiente efectuada por un traductor jurado.

Todos los documentos deben ser oficiales, expedidos por las autoridades competentes y estar convenientemente legalizados por vía diplomática, según las disposiciones establecidas por los órganos competentes, excepto la documentación proveniente de países miembros de la Unión Europea.

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