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Suspendida la convocatoria de elecciones de rector o rectora de la UAB

Eleccions a rector o rectora

El Consejo de Gobierno de la UAB, en sesión extraordinaria y a distancia, ha constatado y dado cuenta de la suspensión de la convocatoria de elecciones de rector o rectora de la UAB. Cuando se levante el estado de alarma se convocará una sesión extraordinaria del Consejo para reanudar la convocatoria.

17/04/2020

El Consejo de Gobierno de la UAB, en sesión extraordinaria y a distancia, ha constatado y dado cuenta de la suspensión de la convocatoria de elecciones de rector o rectora de la UAB. Cuando se levante el estado de alarma se convocará una sesión extraordinaria del Consejo para reanudar la convocatoria, previa propuesta de nuevo calendario electoral por parte de la Junta Electoral General.

El Consejo de Gobierno de la UAB había aprobado, en marzo pasado, el calendario electoral para elegir un nuevo rector o rectora según el cual la primera vuelta de las elecciones debería haber tenido lugar los días 18 y 19 de mayo y, en caso de que ninguna candidatura hubiera logrado la mayoría absoluta (por encima del 50% del voto ponderado) en la primera vuelta, las dos candidaturas con más porcentaje de voto ponderado, hubieran disputado una segunda vuelta los días 25 y 26 de mayo.


El rector o rectora es el máximo representante institucional de la universidad y es elegido por sufragio universal ponderado por toda la comunidad universitaria. El electorado se divide en cuatro sectores: el profesorado doctorado y con vinculación permanente a la universidad (sector A, 51% del voto ponderado), el resto de personal académico y el personal investigador en formación que ejerza funciones de docencia (sector B, 9% del voto ponderado), los y las estudiantes de grado y de postgrado (sector C, 30% del voto ponderado) y el personal de administración y servicios (sector D, 10% del voto ponderado). La publicación del censo definitivo se realizará el próximo 27 de abril. El mandato del rector o rectora es de cuatro años y una misma persona puede ejercer el cargo durante un máximo de dos mandatos. Sólo pueden presentarse a rector los catedráticos y catedráticas de universidad.

Más información: Elecciones a rector o rectora 2020

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