Etiquetaje
Normas de etiquetaje de los residuos de laboratorio
La normativa europea de referencia que determina las características de los residuos que permiten clasificarlos como peligrosos es la Directiva 2008/98/CE.
En el ámbito de los productos peligrosos la normativa de referencia internacional es el Sistema Global Harmonitzat (en adelante SGH), que en el ámbito comunitario se especifica en el Reglamento CE1272/2008.
En el ámbito estatal, las substancias y los preparados están regidos por el RD 363/1995 y sus modificaciones subsiguientes, por las cuales se regula la notificación de substancias nuevas y la clasificación, el envasado y el etiquetado de substancias peligrosas. Este real decreto está afectado por el Reglamento CE1272/2008, que adopta el SGH, y, por lo tanto, en un futuro próximo se ha de modificar.
El SGH es un sistema que tiene bastante consenso para ser adoptado como marco para la elaboración de las etiquetas de residuos, ya que las indicaciones que da aseguran la transmisión de la información sobre los riesgos y los peligros de los residuos a las personas que los han de manipular o tener contacto.
La información sobre los peligros inherentes y toda la indicació relevante de cara al tratamiento de los residuos son prioritarias en su clasificación. Además, también es importante toda aquella información que nos puede garantizar la trazabilidad del residuo. Toda esta información se transmite por vía de las etiquetas de residuos.
Consulte las características que deben tener las etiquetas para los residuos de laboratorio.