Doctorados La UAB es reconocida internacionalmente por la calidad y la innovación en la investigación.
Elige futuro, elige UAB.

Legalizaciones

A continuación encontrarás la información necesaria tanto para saber cómo legalizar tu título (y documentso oficiales) expedidos en el extranjero como para legalizar tu titulación española para el extranjero.

 

Si no encuentras en estas páginas la información que necesitas, puedes contactar con la Escuela de Doctorado a través del correo ed.titols@uab.cat (si envías un correo electrónico, te debes identificar indicando tu DNI/pasaporte, NIU, nombre y apellidos).

La legalización es el procedimiento de validación mediante el cual se acredita la autenticidad de documentación oficial extranjera (certificaciones académicas, titulaciones, etc.)
Si en un procedimiento administrativo con la UAB tienes que aportar documentación oficial extranjera, esta documentación tendrá que estar legalizada, o no, dependiendo del país de expedición de la documentación (casos A, B o C siguientes):

A) Documentos oficiales emitidos en países de la Unión Europea: no se exige ningún tipo de legalización para los documentos expedidos en Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Europeo. Igualmente, se exime de legalización los documentos expedidos por Suiza, por acuerdo bilateral con la Unión Europea.

B) Documentos expedidos en países que han subscrito el Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961: es suficiente la legalización única o "apostilla" extendida por las autoridades competentes del país.

C) Documentos expedidos en el resto de países. Se tendran que legalizar por la via diplomática, el procedimiento establecido a partir del dia 10 de junio de 2013 es el siguiente:

  • El Ministerio de Educación del país de origen. En el caso de titulaciones y certificaciones académicas expedidas por universidades brasileñas, no es necesario el sello de esta institución.
  • Todos los documentos extranjeros legalizados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación del país de orígen a partir del dia 10 de junio de 2013 (independientemente de la fecha de emisión del documento) deberan incorporar en su última firma de legalización una etiqueta transparente de seguridad. 
  • A partir de esta misma fecha, los documentos extranjeros debidamente legalizados por embajadas o consulados de España o de otros paises, siempre que incorporen la etiqueta de seguridad, tendran plena validez en España y no será necesária la legalización posterior por parte de la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

En lo referente a la legalización se han de tener en cuenta las peculiaridades de algunos países:
- En Japón los documentos académicos se legalizan por via diplomática, ya que no son documentos públicos y no se pueden apostillar.
- En Brasil las firmas de los títulos y certificados las legitiman los notarios brasileños. 
- En Irán se legaliza a través del Ministerio de Asuntos Exteriores de Irán y la embajada de España en Teherán.

Encontrareis más información relativa a la legalización en la web del Ministerio.


Traducción Oficial

Cuando tengas que aportar documentación o titulación extranjera oficial a la UAB, debes tener en cuenta la lengua en que ha sido expedida la documentación:
 

  • Documentos expedidos en catalán, castellano o inglés: no será necesaria la traducción oficial de los documentos expedidos en catalán, castellano o inglés.
  • Documentos expedidos en francés, italiano o portugués: la Universitat Autònoma de Barcelona aceptará una traducción efectuada por el Servicio de Lenguas de la UAB de los documentos expedidos en francés, italiano o portugués, o també una traducción jurada.
  • Documentos expedidos en otros idiomas: los documentos expedidos en otros idiomas se deberán acompañar de una traducción oficial al catalán o castellano hecha por traductor/a jurado debidamente autorizado y nombrado per el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación español.

Legalización de documentos académicos españoles que han de producir efectos en el extranjero

Tal y como se especifica en la Orden del 16 de abril de 1990, sobre legalización de documentos académicos españoles que han de producir efectos en el extranjero en uno de los paises firmantes del convenio de la Haya, es necesario legalizar los documentos por vía oficial.

1. Titulaciones oficiales. Legalización por vía diplomàtica

El procedimiento de legalización se inicia con el reconocimiento de las firmas que consten en los documentos. En general, el criterio es que si los documentos a legalizar (certificados académicos, programas de las asignaturas, certificado substitutorio del título, cartulina del título) estan firmados por las personas indicadas en el documento y no tienen ninguna firma realizada por delegación/autoritzación/resolución, el alumno puede dirigirse directamente a hacer el reconocimiento de les firmas a las sedes del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y al Ministerio de Justícia de Barcelona o Madrid (punto 2 del proceso).

Las firmas siempre deben ser originales, no se podran utilizar sellos. La firma debería ser, preferiblemente, en color azul. Si no se siguen estas recomendaciones, puede haber incidencias en el proceso de la legalización.

En todo caso, siempre se han de tener en cuenta las casuísticas siguientes:

  • Por lo que refiere al certificado substitutorio del título, el estudiante puede dirigirse directamente a hacer el reconocimiento de las firmas a Barcelona o a Madrid (punto 2 del proceso), excepto si en el documento no consta la fecha de la resolución de la autorización de la firma. En este caso el estudiante siempre debe iniciar el procedimiento en el Gabinet Jurídic de la UAB.
  • En lo que refiere a la cartulina del título, si tiene la firma del/de la Responsable del Àrea d'Afers Acadèmics hecha por autorización el estudiante siempre debe empezar el procedimiento en el Gabinet Jurídic de la UAB.
  • Si en el reverso de la cartulina del título ha firmado el gestor académico pero no consta su nombre, la Gestión Académica deberá verificar la firma y añadir el nombre de la persona que firma, y el estudiante podrá acudir directamente al Ministerio de Educación.
  • En lo que refiere a los certificados académicos y programas de las asignaturas, siempre debería firmarlos el fedatario del centro. Si los documentos están firmados por el/la gestor/a académica del centro por autorización, siempre debe hacerse constar la fecha de resolución de la autorización en el documento. En este caso también, el estudiante puede dirigirse directamente a hacer el reconocimiento de las firmas a Barcelona o a Madrid (punto 2 del proceso).

El procedimento completo de la legalización és el seguiente:

1) Si és el caso, ir a:

Gabinet Jurídic de la UAB
Edifici del Rectorat
Campus Universitari
Tel. 935812574

A continuación, el proceso es diferente si la legalitzación es para países que han subscrito el convenio de la Haya o para los otros paises:

Legalización en paises que han suscrito el convenio de la Haya:

2) El estudiante ha de gestionar el reconocimiento de les firmas en Barcelona o en Madrid:

Delegación de Gobierno
Alta Inspecció d'Educació
C/ Bergara 12, 5è Planta
08002 Barcelona
Tel. 935209603

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio de Títulos
Paseo del Prado, 28
28014 Madrid
Tel. 915065600, extensió 65063

3) Para finalizar, el estudiante debe realizar la legalitzación del documento en Barcelona o en Madrid:

a) Ministeri de Justícia
Secció de Legalitzacions
C/ Caballero, 52-56
08018 Barcelona
Tel. 933494180

b) Tribunal Superior de Justicia
Pº Lluís Companys, 14-16
08018 Barcelona
Tel. 934866786

Ministerio de Asuntos Exteriores
C/ Pechuan, 1
28002 Madrid
Tel. 913791700

Legalización en paises que no han suscrito el convenio de la Haya:

2) El estudiante debe gestionar el reconocimiento de las firmas en Madrid:

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Servicio de Títulos
Paseo del Prado, 28
28014 Madrid
Tel. 915065600, extensió 65063

3) El estudiante debe realizar la legalización del documento en Madrid:

Ministerio de Asuntos Exteriores
C/ Juan de Mena, 4
28071 Madrid
Tel. 913791610/913791700

4) Para finalizar, el estudiante deberá realizar el reconocimiento de las firmas anteriores a la representación diplomática o consular en España del país donde deba surgir efecto este documento.

2. Titulaciones propias. Legalización per vía notarial

Las firmas siempre deben ser originales, no se pueden utilizar sellos. La firma debería ser, preferiblemente, en color azul. Si no se siguen estas recomendaciones, puede haber incidencias en el proceso de la legalización. 

En todo caso, siempre se deben tener en cuenta las casuísticas seguientes:

En lo que refiere a todos los documentos expedidos por la Escola de Doctorat, el estudiante se puede dirigir directamente al notario (punto 2 del proceso).

En lo que se refiere a todos los documentos de titulaciones propias que no estén expedidos por la Escola de Doctorat, el estudiante siempre debe empezar el procedimiento en el Gabinet Jurídic de la UAB.

El procedimento completo de la legalización es el seguiente:

1) Si es el caso, ir a:
Gabinet Jurídic de la UAB
Campus Universitari
Tel. 935812574

A continuación, el proceso es diferente si la legalización es para paises que han suscrito el convenio de la Haya o para los otros paises:

Legalización en paises que han suscrito el convenio de la Haya:

2) Una vez reconocidas las firmas, el estudiante debe ir al notario que tiene depositadas las firmas de la Universidad, a la dirección siguiente:

Sr. Teodoro López Cuesta Fernández
Avinguda Primavera, núm. 7 1-1
08290 Cerdanyola del Vallès
Tel. 936925000 - 936925366

3) Para finalizar, el estudiante debe gestionar el reconocimiento de la firma del notario por parte del Col·legi Oficial de Notaris de Catalunya:

Col·legi Oficial de Notaris de Catalunya
C/ Notariat, 4
08001 Barcelona
Tel. 933174800

Legalización en paises que no han suscrito el convenio de la Haya:

2) Una vez reconocidas las firmas, el estudiante debe ir al notario que tiene depositadas las firmas de la Universidad, a la dirección siguiente:

Sr. Teodoro López Cuesta Fernández
Avinguda Primavera, núm. 7 1-1
08290 Cerdanyola del Vallès
Tel. 936925000 - 936925366

3) El estudiante ha de gestionar el reconocimiento de la firma del notario por parte del Col·legi Oficial de Notaris de Catalunya:

Col·legi Oficial de Notaris de Catalunya
C/ Notariat, 4
08001 Barcelona
Tel. 933174800

4) El estudiante ha de gestionar el reconocimiento de las firmas, en Barcelona o en Madrid:

Ministeri de Justícia
Secció de Legalitzacions
C/ Garcilaso, 123
08027 Barcelona

Ministerio de Justicia
Sección de Legalizaciones
C/ San Bernardo, 66
28015 Madrid
Tel. 913902000

5) Una vez gestionado en el Ministerio de Justícia, el estudiante ha de continuar el reconocimiento de las firmas en Barcelona o en Madrid:

Subdelegació del Govern
C/ Bergara, 12
08002 Barcelona
Tel. 935209000

Ministerio de Asuntos Exteriores
C/ Juan de Mena, 4
28071 Madrid
Tel. 913791610/913791700

6) Para finalizar, el estudiante deberá realizar el reconocimiento de las firmas anteriores a la representación diplomática o consular en Espanya del país donde deba surgir efecto el documento.