Nuevo artículo del profesor J. Julián Isturitz, a raíz de la última sentencia del Tribunal Supremo del “caso Madrid Arena”

11/05/2018
El profesor José Julián Isturitz ha publicado recientemente su perfil de LinkedIn un artículo sobre la nueva sentencia del Tribunal Supremo (TS) en relación al “Cas Madrid Arena”, que ya había analizado en un artículo previo.
El autor destaca que la sentencia del TS “resulta muy importante para nuestro sector”, ya que condena al responsable de los servicios médicos de la discoteca por homicidio imprudente, inhabilitación especial e indemnización, cuando este había estado previamente absuelto por la Audiencia Provincial.
Para Isturizt, esta sentencia implica que omitir según qué obligaciones morales por parte de los servicios médicos en eventos de pública concurrencia podría suponer responsabilidades penales, como en el ‘caso Madrid Arena’, sobre todo en aquellas relacionadas con anomalías o disfunciones de las medidas de seguridad.
En el artículo, el profesor describe conceptos que conllevan en si responsabilidades, como la posición de garante, el deber de cuidar, y la comisión por omisión; los cuales determinarían que el profesional de asistencia sanitaria urgente prehospitalaria debería valorar elementos que tienen en cuanta las tareas previas de planificación de autoprotección, disponer de personal técnico y de recursos de soporte vital básicos, un local de atención adecuado o de un equipo de comunicaciones.
Por lo tanto, la justicia española ha determinado un precedente a considerar en materia de servicios médicos en eventos de pública concurrencia que determinen deberes y obligaciones como profesionales, pero también como parte de un sistema de prevención y planificación de autoprotección y seguridad, y del equipo de recursos para la protección de las personas.
Este artículo se complementa con otro anteriormente publicado, que se puede consultar en este enlace.