Máster Oficial - Psicologia General Sanitaria
Acceso
Para acceder a este máster se requiere estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior o extracomunitario que faculte en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster.Requisitos de admisión
De acuerdo con el apartado C del Anexo de la Orden ECD/1070/2013, de 12 de junio, los requisitos de admisión son estar en posesión del título de Licenciado/Graduado en Psicología unido, en su caso, a una formación complementaria que garantice que el interesado ha obtenido, al menos, 90 créditos ECTS de carácter específicamente sanitario.Para los graduados en Psicología, se validarán como créditos sanitarios los correspondientes a:
- Materias vinculadas a Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos y Psicobiología.
- Itinerarios, menciones o materias optativas cualificadas por su vinculación a la Psicología Clínica, Psicología de la Salud o Psicología Sanitaria.
- Practicum, cuando sea el caso.
- TFG realizado en el ámbito de la Psicología Clínica, de la Salud o Sanitaria.
- Materias vinculadas a Procesos psicológicos y Metodología que posibiliten adquirir las competencias previas o complementarias a las definidas en el apartado 2b del Anexo de la orden ECD/1070/2013.
- Materias vinculadas a Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos y Psicobiología.
- Especialidades, itinerarios, opciones intracurriculares o materias optativas de Psicología Clínica, Psicología de la Salud o Psicología Sanitaria.
- Practicum, cuando sea el caso.
- Materias vinculadas Procesos psicológicos y Metodología que posibiliten adquirir las competencias previas o complementarias a las definidas en el apartado 2b del Anexo de la orden ECD/1070/2013.
El estudiante deberá acreditar el carácter sanitario de estos 90 ECTS previos necesarios para la admisión aportando en su solicitud de preinscripción la/s correspondiente/s certificación/es emitida/s por el/los centro/s en que hayan sido cursados.
De esta forma se garantizará, de acuerdo con lo especificado en la Ley 33/2011, de 4 de octubre, que el título obtenido y que habilita para la profesión de Psicólogo General Sanitario, acreditará la superación de, al menos, 180 créditos de contenido específicamente sanitario en el conjunto de enseñanzas de Grado y Máster.
En el caso de un título no obtenido en uno de los países del Espacio Europeo de Educación Superior, éste debe encontrarse homologado en España.