Órganos de gobierno de la Facultad
Los órganos de gobierno de la Facultad de Ciencias de la Comunicación de la UAB garantizan el buen funcionamiento de la Facultad y trabajan conjuntamente para asegurar una gestión transparente y participativa, con representación de profesores, estudiantes y personal de administración.
Órganos de Gobierno
Comisiones
Competencias y organización de la Facultad
El artículo 12. de los Estatutos de la UAB hace referencia a las Funciones. Indica que corresponde en los centros:
a) Establecer la planificación estratégica de la docencia, así como determinar los instrumentos para acreditar y mejorar la calidad de sus programas formativos.
b) Proponer la creación y la modificación de enseñanzas oficiales de grado y de máster, y de estudios propios de posgrado y de formación permanente, de acuerdo con las directrices de los órganos de gobierno de la Universidad, así como elaborar los proyectos de plan de estudios y las propuestas de creación de nuevas titulaciones.
c) Ser escuchados en la definición del perfil académico de las plazas del personal docente e investigador relacionadas con los programas de estudios que coordinan.
d) Proponer a los departamentos criterios de asignación de profesorado a las titulaciones.
e) Aprobar los planes docentes y velar por una organización adecuada de los encargos docentes.
f) Velar por el bienestar, la tutorización y la orientación del alumnado y promover vínculos con el alumnado preuniversitario, con las personas tituladas y con los entes públicos y privados del sector laboral.
g) Participar en los procesos de evaluación de la calidad del centro y promover la mejora continua de la actividad docente.
h) Coordinar y supervisar la gestión de los servicios y de los recursos de personal y materiales que son competencia suya de acuerdo con el que establezca el Reglamento general de centros y estructuras y los reglamentos de la Universidad, así como gestionar la dotación presupuestaria.
i) Proponer modificaciones de la relación de puestos de trabajo del personal técnico, de gestión y de administración y servicios del centro.
j) Promover y coordinar proyectos e iniciativas culturales, formativas y de extensión universitaria.
k) Ejercer cualquier otra función que estos estatutos o los reglamentos de la Universidad los atribuyan.
Los órganos de gobierno de la Facultad de Ciencias de la Comunicación son:
a) De carácter colegiado
• La Junta de Facultad es el órgano colegiado de gobierno de la Facultad y está compuesta por representantes del personal académico, del alumnado y del personal de administración y servicios de todas las enseñanzas y titulaciones que se imparten en la Facultad. La Junta estará formada por 70 miembros, que incluyen los miembros natos.
• Las comisiones permanentes: son comisiones permanentes de la Facultad, además de las que se puedan crear de acuerdo con el artículo 9 de este reglamento, la Comisión de Asuntos Académicos, la Comisión de Economía y Servicios y la Comisión de Máster. En las tres comisiones tienen que estar representados todos los colectivos de la Facultad, habrá paridad en la composición del profesorado y del alumnado. Las comisiones alternan las competencias de carácter ejecutivo con competencias de carácter asesor, de acuerdo con el ámbito de actuación concreto que a continuación se establece para cada una. Las comisiones permanentes tienen que reunirse al menos dos veces cada semestre lectivo.
• La Comisión de Asuntos Académicos es la encargada de preparar, debatir y proponer cualquier asunto relacionado con la docencia, la ordenación académica y los estudios, y también de acordar o resolver las cuestiones establecidas en el Reglamento de la Facultad.
• La Comisión de Economía y Servicios es la encargada de preparar, debatir y proponer cualquier asunto relacionado con la actividad económica, los servicios, las infraestructuras y las equipaciones de la Facultad, y también de acordar o resolver las cuestiones establecidas en el Reglamento de la Facultad.
• La Comisión de Máster estará compuesta y tendrá las atribuciones que establezca la normativa vigente de la UAB en la materia.
• El equipo de Decanato, que asiste el decano o decana en el ejercicio de sus funciones, está formado por el decano o decana, el secretario o secretaria y los vicedecanos.
• La Junta Electoral está formada por cinco miembros y sus respectivos suplentes. El secretario o secretaria de la Facultad —que es miembro nato—, un profesor o profesora funcionario, un profesor o profesora contratado, un alumno o alumna, y un miembro del personal de administración y servicios, escogidos mediante un sorteo que tiene lugar cada dos años. El presidente o presidenta de la Junta Electoral es el secretario o secretaria de la Facultad.
• El Consejo de Estudiantes lo componen los delegados de curso y/o grupos más los representantes de los estudiantes a la Junta de Facultad y del Claustro. Al inicio de cada curso académico, el Vicedecanato encargado del seguimiento de la docencia y los coordinadores de estudios de grado tienen que llevar término el proceso de elección de los delegados de curso y/o grupos de cada una de las titulaciones de grado. Anualmente, el Decanato tiene que colaborar en la construcción del órgano de coordinación, los tiene que exponer las tareas y derechos que obtienen como representantes y, si procede, acuerda la agenda de trabajo conjunta Consejo de Estudiantes (Órgano coordinador del Alumnado, GANSO).
b) De carácter unipersonal
- el decano o decana, el secretario o secretaria y los vicedecanos.
- los coordinadores de estudios.
- los coordinadores docentes.