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Evaluación por compensación

Evaluación curricular mediante compensación

Consiste en la compensación de calificaciones entre asignaturas de una titulación de grado.

Requisitos

  1. Haber agotado en esta asignatura el número de matrículas ordinarias de la UAB, establecido en la normativa que regula el régimen de permanencia.
  2. Si con la superación de la asignatura finalizas los estudios, no es necesario que hayas agotado el número de matrículas ordinarias.
  3. Si solicitas la evaluación por compensación de una asignatura optativa, será imprescindible que finalices tus estudios con la superación de esta asignatura.
  4. Haber obtenido en alguna de las evaluaciones de la asignatura una calificación igual o superior a 3,5.
  5. La evaluación por compensación se podrá solicitar una sola vez en cada titulación. Quedan excluidos el trabajo de fin de grado y el prácticum.
  6. Sólo podrá compensarse una asignatura de 12 créditos como máximo.
  7. El decano o decana o director o directora de cada centro resolverá las solicitudes de evaluación por compensación, de acuerdo con los requisitos aquí expuestos.
  8. Los períodos de solicitud y de evaluación se establecerán en el calendario académico administrativo de la UAB.
  9. Las asignaturas aprobadas por compensación se consignarán en tu expediente en el momento del cierre global de la asignatura, o después de la fecha de este cierre si la resolución es posterior.
  10. La calificación de la asignatura es apto/a por compensación y no puede ser objeto de reconocimiento en otras enseñanzas de grado de la UAB. Para la baremación de expediente estas asignaturas se computarán con una calificación de 5.
  11. El estudiante tendrá que estar matriculado de la asignatura para la que solicitas la evaluación por compensación durante el año académico en el que presentes la solicitud.