Comisiones
Las comisiones pueden ser permanentes o temporales y tienen carácter decisorio en todas las funciones que el Pleno les haya delegado.
Corresponden a las comisiones del Consell Social las siguientes competencias:a) Aprobar los asuntos que el Pleno les haya delegado o atribuido expresamente.b) Informar sobre las propuestas que debe debatir y, en su caso, aprobar el Pleno del Consell Social.c) Estudiar, hacer el seguimiento y ser informadas de los asuntos que acuerde el Pleno o la propia comisión.
En caso de que la comisión no pueda reunirse por razones justificadas, el presidente o la presidenta de la comisión puede determinar, por razones de urgencia, que cualquiera de los asuntos previstos en los apartados a y b del párrafo anterior se traten directamente en el Pleno.
En ningún caso pueden delegarse en las comisiones las funciones que la normativa legal vigente prevé como exclusivas del Pleno del Consell Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 94.5 de la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña.
Las comisiones deben rendir cuentas al Pleno del Consell Social de los acuerdos adoptados y del grado de cumplimiento de las tareas que tienen encomendadas.
Las competencias que las comisiones ejercen por delegación son ejercidas por el Consejo Social, por lo que los acuerdos dictados en virtud de dicha delegación agotan la vía administrativa y son directamente impugnables en la vía contencioso-administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 193.1 de los Estatutos de la Universitat Autònoma de Barcelona.
El Consell Social funciona con las siguientes comisiones:
Composición
Presidente:
- Ramon Alberich Ferrer, miembro del Pleno en representación del Govern de la Generalitat de Catalunya
Vocales:
- Xavier Ramos Morilla, vicerector de Economia y Campus
- Juan Montesinos Andrade, miembre del Pleno representante del PAS
- Jaume Tintoré Balasch, gerente de la UAB y miembre nato del Consell Social
- Lluís Sisquella Enjuanes, miembre nomenado por el Parlament de Catalunya
Secretaria:
- Sònia Hernández Tejada
Competencias
1.Corresponde a la Comisión Económica informar al Pleno del Consell Social de los siguientes asuntos, para que los discuta y los apruebe, si procede:a) La participación de la Universitat en otras entidades y la constitución, modificación y extinción de entidades jurídicas para promover y desarrollar los fines de la Universitat, para operaciones superiores a 30.000 euros.b) El presupuesto de la Universitat y los criterios básicos para su elaboración, a propuesta del Consell de Govern.c) Las medidas pertinentes que deben tomarse para asegurar que se cumplen los criterios con los que se ha elaborado el presupuesto.d) La programación y el gasto plurianual de la Universitat, a propuesta del Consell de Govern.e) La aprobación del balance y la memoria económica, la cuenta de resultados y la liquidación del presupuesto de la Universitat del ejercicio anterior y las cuentas anuales de las entidades dependientes, de acuerdo con la normativa vigente.f) Las propuestas de operaciones de endeudamiento y de aval que la Universitat presente al departamento competente en materia de universidades, para que sean autorizadas por el Govern de la Generalitat, de acuerdo con la normativa vigente, y velar por el cumplimiento de las condiciones de dichas operaciones y de la normativa aplicable.g) La desafectación de los bienes de dominio público de la Universitat, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña, y la legislación de patrimonio de la Generalitat.h) La autorización al rector o rectora para la adopción de los acuerdos de adquisición, disposición y gravamen de bienes inmuebles y, a partir de los límites que apruebe el Consell Social, de los bienes muebles de la Universitat, los títulos valores y las participaciones sociales.i) Los límites a partir de los cuales el rector o rectora necesita la autorización del Consell Social para la adquisición, disposición y gravamen de los bienes muebles de la Universitat, los títulos valores y las participaciones sociales.j) El presupuesto del Consell Social, sus posibles modificaciones y la posterior liquidación.k) Cualquier otra materia que la normativa vigente establezca o por la que el Pleno del Consell Social requiera un informe de la Comisión. 2. Corresponden a la Comisión Económica, por delegación del Pleno del Consell Social, los siguientes asuntos:a) Aprobar la participación de la Universitat en otras entidades y la constitución, modificación y extinción de entidades jurídicas para la promoción y desarrollo de los fines de la Universitat, para operaciones de hasta 30.000 euros.b) Acordar las transferencias de crédito de operaciones de capital a operaciones corrientes, con la conformidad previa del departamento competente en materia de universidades.c) Aprobar los precios de las enseñanzas propias de la Universitat, los de los cursos de especialización, con sus posibles exenciones y bonificaciones, y los de los servicios de la Universitat.d) Acordar la asignación singular e individual de retribuciones adicionales por méritos docentes, de investigación y de gestión para el personal docente e investigador funcionario y contratado, dentro de los límites que fije el Govern de la Generalitat y a propuesta del Consell de Govern de la Universitat.e) Determinar los puestos a los cuales corresponde la asignación de un complemento específico con el importe de dicho complemento, y fijar la cuantía total destinada a la asignación del complemento de productividad y las gratificaciones extraordinarias, y aprobar los criterios para asignarlos y distribuirlos, así como las cantidades de las indemnizaciones por razón de servicio.f) Acordar las solicitudes de crédito extraordinario o suplementos de crédito, a propuesta del Consell de Govern de la Universitat, siempre que deba realizarse un gasto que no pueda posponerse al ejercicio siguiente y para el cual no exista crédito consignado en el presupuesto o bien este sea insuficiente o no ampliable. El acuerdo debe establecer la financiación.g) Supervisar las actividades de carácter económico y hacer el seguimiento del presupuesto.h) Aprobar la relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios de la Universitat, y las modificaciones y el gasto que conllevan. La Comisión Económica debe informar anualmente al Pleno de las modificaciones aprobadas durante el año, así como del gasto que han implicado.i) Informar sobre los convenios colectivos del personal laboral de la Universitat, antes de formalizarlos. La Comisión Económica debe informar al Pleno de los aspectos más relevantes de cada convenio.j) Ser informada de los contratos formalizados y de los convenios que impliquen gastos o ingresos para la Universitat. 3. Corresponden a la Comisión Económica las siguientes competencias de información, estudio y seguimiento:a) Conocer la relación de entidades que dependen de la UAB.b) Estudiar el informe de cuentas agregadas de las entidades que dependen de la Universitat.c) Tratar la carta de comentarios o sugerencias que elaboran anualmente los auditores externos y elaborar recomendaciones eventuales para que se traten en el Pleno.d) Estudiar la documentación que la Universitat pueda tener interés en presentar o que la Comisión o el Pleno del Consell Social consideren interesante solicitar y analizar.
Composición
Presidenta:
- Montserrat López Merlos, miembre del Pleno en representación del Govern de la Generalitat de Catalunya
Vocales:
- Maria Valdés Gázquez, vicerectora de Estudios y Innovación Docente
- Tatiana Rovira Faixa, vicerectora de Cualidad
- Xavier Verge Mestre, representante del personal académico
Secretaria:
- Sònia Hernández Tejada
Competencias
1. Corresponde a la Comisión Académica informar al Pleno del Consell Social sobre los siguientes asuntos, para que los discuta y los apruebe, si procede:a) La propuesta al departamento competente en materia de universidades sobre la implantación o supresión de enseñanzas que conducen a la obtención de títulos universitarios oficiales, así como la creación, supresión, adscripción, desadscripción y reordenación de los centros docentes universitarios y de los institutos universitarios de investigación.b) La creación, modificación y supresión de las enseñanzas que conducen a la obtención de títulos universitarios oficiales, de los centros docentes y de los institutos universitarios de investigación.c) Las normas que regulan el progreso y la permanencia del estudiantado en la Universitat, atendiendo a las características de los distintos estudios, de manera que se evite la discriminación del alumnado. 2. Corresponden a la Comisión Académica, por delegación del Pleno del Consell Social, los siguientes asuntos:a) Acordar la política de becas, ayudas y créditos para el estudio y la investigación que otorgue la Universitat con cargo a sus presupuestos, de acuerdo con los principios de publicidad, concurrencia y objetividad.b) Informar al rector o a la rectora sobre las propuestas de resolución de las solicitudes de permanencia en la Universitat presentadas por los estudiantes, de acuerdo con la normativa vigente.c) Proponer el proyecto de programación académica de la Universitat.d) Aprobar los proyectos de concierto entre la Universitat y las instituciones sanitarias. 3. Corresponden a la Comisión Académica las siguientes competencias de información, estudio y seguimiento:a) Contribuir a impulsar la mejora de la calidad de la Universitat y todo el proceso de innovación docente previsto en el proceso de creación del Espacio Europeo de Educación Superior.b) Actuar coordinadamente con la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña.c) Velar para que las infraestructuras de los centros universitarios cumplan con las condiciones y requisitos de calidad necesarios para el desarrollo de la docencia y la investigación, en particular en el marco del proceso de creación del Espacio Europeo de Educación Superior.d) Conocer, impulsar, dinamizar y hacer el seguimiento de los contratos programa, tanto internos como externos de la Universitat.e) Ser informada de los planes de estudio de las titulaciones que se imparten en las facultades y escuelas de la Universitat, así como en los centros adscritos y vinculados.
Composición
Presidenta:
- Alícia Bosch Palma, representante de los antiguos alumnos
Vocales:
- Daniel Furlan Silvestri, miembre del Pleno en representación de las organizaciones empresariales
- Anabel Galán Mañas, vicerectora de Alumnado y de Ocupabilidad
- Rosa Maria Sebastián Pérez, vicerectora de Innovación, Transferencia y Emprenedoría
- Xavier Ramos Morilla, vicerector de Economía
- Xavier Verge Mestre, representante personal académico
Secretaria:
- Sònia Hernández Tejada
Competencias
Corresponde a la Comisión Universidad, Sociedad y Empresa elevar al Pleno del Consell Social los siguientes asuntos, para que los discuta y los apruebe, si procede:
a) Proponer las actuaciones anuales del Consell Social en el ámbito social y de las relaciones de la Universitat con las empresas, con el objetivo de promocionar, impulsar y dinamizar acciones y actividades orientadas a obtener retornos para la Universitat, generar valor para el entorno y potenciar los vínculos entre la Universitat y las empresas, instituciones y entidades.b) Proponer las líneas estratégicas en las que enmarcar las actuaciones anuales del Consell Social, los criterios para seleccionar los proyectos en los que colaborar económicamente y la duración máxima de dicha colaboración por parte del Consell Social.c) Proponer la firma y las condiciones de los acuerdos y/o convenios de colaboración en acciones y/o proyectos relacionados con los objetivos y el ámbito de actuación de la Comisión, cuando el importe financiado por el Consell Social sea superior a 15.000 euros.d) Proponer la elaboración de estudios relacionados con los objetivos y el ámbito de actuación de la Comisión, cuando el importe financiado por el Consell Social sea superior a 15.000 euros.
Corresponden a la Comisión Universidad, Sociedad y Empresa, por delegación del Pleno del Consell Social, los siguientes asuntos:
Promover vínculos de colaboración mutua entre universidades y con entidades sociales representativas dentro del ámbito de actuación de la Comisión.a) Aprobar y hacer el seguimiento de la planificación, el contenido y el desarrollo de las actividades que deben llevarse a cabo anualmente en el ámbito de actuación de la Comisión.b) Aprobar las condiciones y la firma de los acuerdos y/o convenios de colaboración en acciones y/o proyectos relacionados con los objetivos y el ámbito de actuación de la Comisión.c) Aprobar la elaboración de estudios relacionados con los objetivos y el ámbito de actuación de la Comisión, cuando el importe financiado por el Consell Social sea igual o inferior a 15.000 euros.d) Promover vínculos de colaboración mutua entre universidades y con entidades sociales representativas dentro del ámbito de actuación de la Comisión.e) Promover la participación de la sociedad en la actividad de la Universitat, especialmente en su financiación, y fomentar las relaciones entre la Universitat y su entorno cultural, profesional, económico, social y territorial.f) Estimular la inversión en investigación por parte de las empresas y su colaboración en la investigación universitaria.g) Promover la colaboración entre la Universitat y otras entidades públicas o privadas, con la finalidad de completar la formación del estudiantado y de las personas tituladas de la Universitat, y facilitarles el acceso al mundo laboral, actuando, si procede, en coordinación con la Comisión Académica.h) Velar por la correcta inserción laboral de los titulados y tituladas de la Universitat, actuando, si procede, en coordinación con la Comisión Académica.i) Promover y apoyar acciones relacionadas con la Responsabilidad Social y la cooperación con los diferentes grupos de interés de la UAB, dentro del ámbito de actuación de la Comisión.j) Promover actividades en el ámbito de la transferencia, el emprendimiento y la innovación, de forma coordinada con el vicerrectorado/los vicerrectorados y ámbitos competentes de la Universitat.k) Cualquier otra materia que establezca la normativa vigente o sobre la cual el Pleno del Consell Social requiera un informe de la Comisión.
Composición
Presidenta:
- Tania Nadal Vicens
Vocales:
- Ramon Alberich Ferrer, vicepresident del Consell Social
- Alicia Bosch Palma, vecepresidenta del Consell Social
- Javier Lafuente Sancho, rector de la UAB
Secretaria:
- Sònia Hernández Tejada
Competencias
Corresponde a la Comisión Permanente acordar aquellos asuntos sobre los que el Pleno tenga la competencia de aprobación y que, por su carácter de urgencia, deban resolverse entre sesiones plenarias. La Comisión Permanente no tiene competencia para acordar los asuntos que el Pleno haya delegado expresamente al resto de comisiones del Consell Social ni aquellos que la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña, en el apartado 5 del artículo 94, establece que no pueden delegarse a las comisiones.