3. Violencia machista y derechos de la mujeres

La violencia machista es una expresión de la discriminación estructural que históricamente han sufrido las mujeres. Se fundamenta en relaciones de poder desiguales entre hombres y mujeres, y se manifiesta a través de agresiones que pueden ser físicas, sexuales, psicológicas, económicas o simbólicas.
Este fenómeno social tiene las raíces en los estereotipos y los roles de género que las sociedades han construido a lo largo del tiempo. Estos modelos asignan funciones y comportamientos diferenciados según el sexo, con lo que perpetúan la subordinación de las mujeres.
La Ley 5/2008 reconoce la violencia machista como una violación de los derechos humanos. Esta violencia puede producirse tanto en el ámbito público como en el privado y afecta a cualquier mujer, independientemente de su edad, origen o identidad de género. También puede afectar a los hijos de las mujeres que la sufren.
Las formas que puede adoptar incluyen desde la agresión directa hasta la manipulación emocional, la dependencia económica forzosa, la violencia digital o la exclusión social.
Con la modificación de esta ley mediante la Ley 17/2020, se incorporan conceptos clave para entender mejor la complejidad del fenómeno:
- La interseccionalidad, que visibiliza cómo diferentes ejes de discriminación (origen, clase, discapacidad, etc.) pueden interactuar con la situación de las mujeres y agravarla.
- La diligencia debida, que obliga a las instituciones a actuar con responsabilidad para prevenir la violencia, proteger a las personas y reparar las consecuencias de esta violencia.
- La victimización secundaria, que hace referencia a los daños añadidos que puede sufrir una mujer que es víctima de violencia cuando es cuestionada por las autoridades o no recibe una atención adecuada.
De acuerdo con la Ley, los tipos de violencia machista son varios:
- Física: agresiones que ponen en peligro la integridad corporal.
- Psicológica: control, insultos, humillaciones y manipulaciones.
- Sexual: coacciones o agresiones de carácter sexual no consentidas.
- Obstétrica y por vulneración de derechos sexuales y reproductivos: mal trato del personal médico durante el embarazo o el parto.
- Económica: privación de recursos o control de la autonomía financiera.
- Digital: acoso, control o difusión de contenidos íntimos sin consentimiento a través de las nuevas tecnologías.
- De segundo orden: represalias contra quien apoya a la víctima.
- Vicaria: violencia ejercida sobre los hijos u otros familiares de la mujer para hacerle daño.
La violencia machista puede producirse en múltiples contextos:
- En las relaciones de pareja o de familia.
- En el ámbito laboral: acoso sexual, discriminación por embarazo o maternidad.
- En la comunidad: agresiones, tráfico de mujeres, mutilación genital femenina.
- En el espacio público o institucional: hostilidad, amenazas, discriminación.
- En entornos educativos, políticos o digitales.
- En cualquier entorno donde se vulneren la libertad, la dignidad o la integridad de las mujeres.
Los datos recogidos por la encuesta de violencias machistas de Cataluña de 2021 muestran lo siguiente:
- El 79,3 % de las mujeres catalanas mayores de 15 años ha sufrido alguna forma de violencia machista a lo largo de su vida.
- La violencia sexual es la más frecuente, seguida de la psicológica y la digital.
- El 58 % de las mujeres ha sufrido violencia psicológica en la pareja, especialmente en forma de control o de daño a la autoestima.
- Solo el 18,4 % ha denunciado la violencia sufrida. Los motivos principales para no denunciar son el miedo a que no se las crean, la percepción de que no es grave, el temor de las represalias y el bloqueo emocional o la vergüenza.
La violencia contra las mujeres es una forma de discriminación.
Existe porque, a lo largo de la historia,
las mujeres han sido tratadas como inferiores a los hombres.
Esta violencia se basa en ideas que la sociedad ha creado
sobre cómo deben ser y comportarse las mujeres y los hombres.
Estas ideas no son naturales,
sino que se han ido construyendo a lo largo del tiempo.
Cuando una mujer sufre violencia por el simple hecho de ser mujer,
se están vulnerando sus derechos. Por ejemplo:
- El derecho a vivir con dignidad.
- El derecho a la vida.
- El derecho a vivir sin miedo ni discriminación.
- El derecho a la libertad y a la seguridad.
- El derecho a la intimidad y a la protección de sus datos personales.
Según la ley, la violencia machista
es una violación de los derechos humanos.
Se da cuando los hombres usan la violencia
para dominar a las mujeres,
porque existe una desigualdad entre hombres y mujeres.
Cualquier mujer puede sufrir violencia machista:
mujeres adultas, niñas o adolescentes y mujeres transgénero.
También puede afectar a los hijos de las mujeres que sufren violencia.
La violencia machista puede ser:
- Física: golpear.
- Psicológica: controlar o insultar.
- Sexual: obligar a tener relaciones sexuales.
- Obstétrica: en la atención médica, tratar mal durante el embarazo
- o el parto.
- Económica: impedir que una mujer tenga dinero.
- Digital: amenazar a través de internet.
- De segundo orden: atacar a personas que apoyan a la mujer.
- Vicaria: hacer daño a los hijos de la mujer para hacerla sufrir.
La violencia machista puede pasar en muchos ámbitos:
- En casa, con la pareja o la familia.
- En el trabajo; por ejemplo, cuando una mujer es discriminada
- porque está embarazada.
- En la calle, con agresiones o humillaciones.
- En internet, mediante insultos o amenazas.
- En las instituciones, como la administración o la justicia.
- En la política, la escuela o la universidad.
- En cualquier espacio público o privado
- donde una mujer pueda sentirse maltratada o discriminada
- por el hecho de ser mujer.
Y puede ser de extrema gravedad, como en los casos de:
- Tráfico de mujeres.
- Mutilación genital femenina.
- Abortos forzados.
- Esterilizaciones obligadas.
- Feminicidios.
La ley actual habla de conceptos nuevos, como los siguientes:
- Interseccionalidad: cuando una mujer sufre discriminación
- por ser mujer, pero también por otros motivos, como el color de piel,
- el origen, la discapacidad, etc.
- Diligencia debida: la obligación del Estado de proteger
- y ayudar a las mujeres.
- Victimización secundaria: cuando una mujer que ha sido víctima de violencia
- recibe un maltrato añadido por parte de las instituciones.
¿Qué dicen los datos?
En 2021, una encuesta mostró que en Cataluña:
- 8 de cada 10 mujeres mayores de 15 años
- ha sufrido alguna forma de violencia machista a lo largo de su vida.
- El tipo más común es la violencia sexual,
- seguida de la psicológica y la digital.
- En las relaciones de pareja, más de la mitad de las mujeres
- ha sufrido violencia psicológica, como insultos o control constante.
- Solo 2 de cada 10 mujeres han denunciado la violencia sufrida.
- Los motivos para no denunciar son los siguientes:
- Tienen miedo de que no las crean.
- Piensan que no es lo suficientemente grave.
- Tienen miedo de las represalias.
- Sienten culpa o vergüenza.
Texto adaptado por la Asociación Lectura Fácil

Autora
Maria Barcons Campmajó
Profesora lectora de Filosofía del Derecho en la Facultad de Derecho de la UAB e investigadora del grupo de investigación Antígona. Es doctora en Derecho por la UAB, tiene un máster en Estudios de Mujeres, Género y Ciudadanía por la Universidad de Barcelona y es licenciada en Ciencias Políticas y de la Administración por la UAB. También es docente del diploma de especialización en Violencias Machistas de la UAB desde 2018 y del máster en Estudios de Mujeres, Género y Ciudadanía desde 2024. Además, es cocreadora y miembro del comité editorial de la revista Derecho y Género de la UAB desde 2024 y miembro del equipo directivo de la clínica jurídica IurisLab de la Facultad de Derecho de la UAB.
Sus principales temas de investigación son el derecho, el género y las políticas públicas, las violencias contra las mujeres (matrimonios forzados, violencias sexuales y ciberviolencias de género) y el trabajo sexual.
Ha participado en proyectos competitivos de I+D de ámbito europeo, estatal y autonómico, así como en numerosos contratos y convenios con administraciones públicas, entidades y ONG.
Se puede encontrar la producción científica de Maria Barcons en el Portal de Investigación de la UAB.
Información complementaria