¿Qué hacer en caso de contactos estrechos o casuales con COVID-19?
Contactos estrechos con casos posibles, probables o confirmados de COVID-19
Se consideran "contactos estrechos" de casos posibles (con infección respiratoria aguda leve), probables (los resultados del laboratorio no son concluyentes) o confirmados los siguientes:
- Cualquier persona que haya propiciado curas mientras el caso presentaba síntomas (miembros familiares o personas que tengan otro tipo de contacto físico similar).
- Convivientes, familiares y personas que hayan estado en el mismo lugar que un caso, mientras presentaba síntomas, a una distancia menor de 1,5 metros durante un tiempo de al menos 15 minutos.
- Se considera contacto estrecho en un avión, tren u otro medio de transporte de largo recorrido (y siempre que sea posible el acceso a la identificación de viajeros) a cualquier persona situada en un radio de dos asientos alrededor de un caso y a la tripulación o personal equivalente que haya tenido contacto con este caso.
Las personas que puedan encontrarse en este grupo deberán contactar con el servicio sanitario del servicio de prevención de riesgos laborales. En vista de la información aportada, acreditará la indicación de incapacidad temporal rellenando y remitiendo a los Servicios de Atención Primaria el modelo de informe establecido por el Ministerio de Sanidad en cada momento.
En estos casos, el servicio sanitario de servicio de prevención de riesgos laborales informará de la necesidad de realizar cuarentena domiciliaria durante 14 días, extremando la higiene personal y con vigilancia pasiva de aparición de síntomas (fiebre, tos y/o sensación de falta de aire) atendiendo, en caso de que estos aparecieran, el procedimiento descrito en Sospecha por infección de Covid-19.
Las autoridades sanitarias no llevan a cabo un seguimiento activo de estos contactos, que aun así deberán ser comunicados inmediatamente al Sistema Público de Salud de la comunidad autónoma donde se encuentra la persona trabajadora a efectos de valorar situaciones individuales que requieran otro tipo de recomendación.
Contactos casuales con casos posibles, probables o confirmados por COVID-19
Se consideran "contactos casuales" de casos posibles (con infección respiratoria aguda leve), probables (los resultados del laboratorio no son concluyentes) o confirmados, el resto de las situaciones no incluidas en el apartado anterior, incluidas aquellas personas que hayan estado en el mismo lugar que un caso, mientras presentaba síntomas, pero que no cumplen los criterios para ser considerado contacto estrecho.
Las personas que puedan encontrarse en este grupo continuarán con la actividad laboral normal y realizarán vigilancia pasiva de aparición de síntomas (fiebre, tos y/o sensación de falta de aire) atendiendo en caso que estos aparezcan, al procedimiento descrito en Sospecha por infección de Covid-19.