Subvención de formación oficial universitaria
Condiciones
Las instituciones que conforman la Corporació UAB podrán subvencionar la matrícula de estudios universitarios oficiales que realice su personal, en las siguientes condiciones:
- Que los estudios a cursar tengan una relación directa con el puesto de trabajo que la persona ocupa.
- Que se cursen fuera de la jornada laboral.
- Que la persona no tenga ninguna vinculación con el estudio corresponendiente.
No se podrá ser beneficiario/a más de una vez de esta ayuda mientras haya solicitudes para atender de la misma institución.
Importe
La subvención será de un 25% del coste de la acción formativa, con un importe máximo total de 1.500 €, siempre condicionada a las disponibilidades presupostarias de cada institución.
Pago
Aunque el otorgamiento de la ayuda se pueda realizar antes del inicio de los estudios, el pago, que tendrá la consideración de pago en especie, se hará efectivo vía nomina, previa acreditación, a Recursos Humanos, de que los estudios han sido superados.
Criterios de otorgamiento
Las ayudas se otorgarán ateniendo a los siguientes criterios:
- Valoración de la idoneidad de la formación, y su relación directa con el lugar de trabajo por parte del/de la director/a correspondiente: hasta un 1 punto.
- Antigüedad en el puesto de trabajo que ocupa la persona solicitante: 0,6 puntos por año.
- Antigüedad en la institución, o en su caso en la Corporació UAB: 0,4 puntos por año.