Formación

Anulaciones de matrícula

1. La dirección del centro autoriza la anulación total o parcial de la matrícula, siempre que la solicitud se presente dentro del plazo fijado a tal efecto. 

En los estudios de Formación Permanente el plazo coincide con el periodo de matriculación.

En casos excepcionales debidamente justificados, se puede solicitar la anulación de la matrícula fuera del plazo establecido.

2. Una vez se haya concedido la anulación de la matrícula, se aplica inmediatamente en el expediente académico, la cual tiene la misma consideración que si el estudiante no se hubiera matriculado, y no se puede renunciar en ningún caso.

3. El estudiante de titulaciones de la FUAB únicamente tiene derecho a la devolución del precio por la prestación de servicios académicos universitarios si:

a) Por causas que no le sean imputables, no se realiza la actividad o no se presta el servicio.

b) Justifica debidamente enfermedad grave, accidente o cualquier otra circunstancia excepcional.

En el supuesto a) se hará la devolución del 100% del importe de matrícula. En el supuesto b) se hará la devolución según las condiciones que se establecen en el apartado Devolución de precios de matrícula.

Para tramitar la anulación de la matrícula se debe estar al día de los pagos del curso. Si no liquida los recibos pendientes, el alumno quedará como impagado en el centro y no podrá solicitar ningún documento oficial ni volver a matricularse en ningún curso ofrecido por la escuela hasta liquidar la deuda.

En caso de MU y de estudios de formación permanente el hecho de no pagar la matrícula en el plazo fijado comportará la anulación de la matrícula de oficio. La matrícula se puede volver a activar si se hace efectivo el pago de la deuda.

Sólo se devolverá íntegramente el importe de la prematrícula cuando, por causas no imputables al estudiante, no se realice la actividad o no se preste el servicio. También se devolverá en el caso de estudiantes extracomunitarios a quienes se haya denegado el visado, siempre que presenten un documento acreditativo.

Excepcionalmente, se admitirán solicitudes de anulación de la prematrícula presentadas antes del inicio del periodo de matrícula, cuando la persona interesada alegue enfermedad grave, accidente u otra circunstancia excepcional, debidamente justificada, que no le permita el seguimiento normal del curso.

Sólo se devolverá el importe de la matrícula en el caso de anulación del programa de máster o postrado o bien cuando se haya producido un error imputable al centro. 

Como norma general, las anulaciones de matrícula sólo se podrán solicitar si la persona interesada alega motivos o causas personales sobrevenidas y justificadas que no le permitan el seguimiento normal del curso.

Si la solicitud se presenta dentro de los 30 días siguientes a la formalización de la matrícula, en caso de que se autorice la devolución, se retendrá un 35% del importe total de la matrícula en concepto de gastos generales (entrega de documentación, reserva de plaza, gastos de administración).

Fuera de este plazo, si se autoriza la devolución, se retendrá un 35% del importe total de la matrícula más la parte proporcional del importe total de la matrícula correspondiente al periodo del curso transcurrido.

Únicamente por causas excepcionales sobrevenidas de una gravedad excepcional, y debidamente justificadasel alumno puede solicitar a la dirección del centro el retorno de un importe superior al fijado en los párrafos anteriores. Con un informe razonado favorable, la dirección del centro resolverá la cantidad a devolver (hasta el máximo del importe abonado excepto la tasa de matrícula).