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Preguntas frecuentes sobre el régimen de permanencia


A continuación tienes un listado de las preguntas frecuentes sobre el régimen de permanencia.

Establece las normas de permanencia así como el número de créditos a superar cada curso académico.

  • La calificación final se recoge en una única acta de evaluación.
  • La calificación "no presentado" implica agotar los derechos correspondientes a una matrícula.
  • Hay que matricular las asignaturas / módulos no superados de formación básica / obligatorios antes de matricularse de nuevas.
  • No es obligatorio matricular las asignaturas / módulos optativos aunque no se hayan superado.

A destacar:
  • Número de matrículas posibles por asignatura, 3 más 1 extraordinaria.

  • Alumnos de primer curso, un mínimo de 60 créditos.
  • Alumnos del resto de cursos, un mínimo de 42 créditos.
  • En todos los casos, un máximo de 78 créditos.

  • Alumnos de primer curso, un mínimo de 30 créditos.
  • Alumnos del resto de cursos, un mínimo de 24 créditos.

  • Se establecen un número de 30 créditos a superar en 2 años.
  • Se establece que para matricularse en el segundo curso, se debe haber superado un número de 12 créditos.
  • Se establece que para matricularse en el tercer curso, se debe haber superado un número de 60 créditos de primer y segundo curso.
  • Se establece que para matricular el cuarto curso, se debe haber superado todo el primer curso y 120 créditos del primer, segundo y tercer curso.
  • Para matricularse del trabajo de fin de grado es necesario haber superado los 2/3 del total de los créditos del plan de estudios.

Únicamente podrías reiniciarlos proviniendo de otras titulaciones, como titulado o por la vía de acceso por cambio de estudios.

A los estudiantes que acceden a estudios de la UAB procedentes otras universidades se les aplica la normativa sobre régimen de permanencia a partir del acceso a la UAB y no se considera la trayectoria previa en la universidad de origen.

Se tiene que presentar una solicitud al decanato o dirección del centro. En caso de denegación, puedes presentar un recurso ante el rector o rectora, que lo resuelve a propuesta del Consejo Social. Si en este caso la resolución es desfavorable se agota la vía administrativa y puedes presentar un recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Si has anulado totalmente la matrícula, sólo se te reservará plaza para el curso siguiente, siempre y cuando hayas hecho efectivo el importe de la matrícula. Este beneficio sólo se aplica a los estudiantes de nuevo ingreso en la UAB y sólo una única vez.

  • Se debe presentar una solicitud al decanato o dirección del centro.
  • En caso denegatorio, se podrá presentar una reclamación ante el rector, quien resuelve a propuesta del Consejo Social.
  • En caso denegatorio, se podrá presentar un recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Formulario de solicitud

Según se establece en el calendario.

Únicamente sería posible si se proviene de otras titulaciones, como titulado o por la vía de acceso por cambio de estudios.

A los estudiantes que acceden a estudios de la UAB procedentes de otras universidades, se les aplica la normativa sobre régimen de permanencia a partir del acceso a la UAB y no se considera la trayectoria previa a la universidad de origen.