Grados - Información académica Trámites académicos

Información general

Propuesta de programas

Los centros docentes, los departamentos y los profesores autorizados pueden presentar propuestas para participar en un programa de intercambio.

La solicitud de un programa de intercambio deberá estar firmada por el rector o por el vicerrector correspondiente y necesitará un informe favorable de:

  1. el centro docente, si se trata de programas de intercambio de licenciaturas, ingenierías, diplomaturas y/o estudios propios;
  2. el departamento, si se trata de una propuesta para a un programa de intercambio de tercer ciclo o másters y diplomaturas de postgrado y el visto bueno de la Escuela de Postgrado.

Si se trata de un programa de movilidad, tendrá que prever:

  • el compromiso de exención del pago de la matrícula a la Universidad de destino y de las tasas de certificación académica,
  • el periodo durante el cual tendrá lugar el intercambio y el régimen de adaptación de este periodo en el calendario académico de la UAB establecido para el curso correspondiente,
  • el cumplimiento de cualquier otro compromiso que implique la participación en el programa.
Coordinador de intercambio

Cuando se proponga un programa, en la solicitud también deberá designarse quién será el coordinador del intercambio. El coordinador hará los trámites que conduzcan a la adhesión de la UAB al programa o a la inclusión de la actividad en la propuesta de la UAB.

Los centros de la UAB que estén implicados en un programa de intercambio tendrán un responsable de centro, excepto la Facultad de Filosofía y Letras, que tendrá dos, y la Facultad de Traducción e Interpretación, que tendrá tres.

El coordinador actúa como tutor de la matrícula del estudiante para asegurar que el alumno se inscriba en les materias equiparables.

Otras funciones del tutor o de les personas delegadas son:

  • acordar las posibilidades de intercambio con la aprobación del coordinador de titulación;
  • informar a los estudiantes sobre las posibilidades de movilidad;
  • proponer alumnos que participarán en el programa ERASMUS;
  • determinar quién debe hacer la prueba de nivel de idioma;
  • hacer la tutoría de los estudiantes extranjeros y gestionar las autorizaciones que sean necesarias para matricularse en otro centro;
  • ser el interlocutor para consultas académicas de las universidades con las que se tiene acordado un intercambio.
Concesión de ayudas

Cada año, los centros o departamentos harán la convocatoria de ayudas e indicarán los requisitos específicos que deben de cumplir los aspirantes y los criterios de selección. El proceso que se sigue para la concesión de ayudas es el siguiente:

  1. Los estudiantes interesados deben presentar una única solicitud para participar en un programa de intercambio y para  la adjudicación de las ayudas.
  2. El coordinador de intercambio recogerá las solicitudes y se entrevistará con los aspirantes en el plazo establecido.
  3. Cuando acabe el plazo, el coordinador de intercambio hará una propuesta de adjudicación priorizada. En la lista se incluirán todos los estudiantes que cumplan los requisitos establecidos, indicando para qué estudiantes se propone la adjudicación de una ayuda y los estudiantes que se incluyen en el programa de intercambio pero sin ayuda. Se dejarán en lista de espera los candidatos para los cuales no se disponga de fondos suficientes en el programa.
  4. El coordinador transmitirá al responsable de centro su propuesta de adjudicación de las ayudas, la documentación de todas las solicitudes recibidas y la explicación de los requisitos particulares y de los criterios que se han seguido para la selección y elaboración de la propuesta definitiva.
  5. Finalmente, será la Comisión de Programas de Intercambio de la UAB quien acordará la adjudicación de las ayudas y el plazo durante el cual se podrán presentar las reclamaciones.
Documentación relacionada

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el cual se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, está derogado por el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el cual se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.