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Homologación de estudios


La homologación es el proceso que reconoce que la formación que has recibido por superar una titulación de una universidad extranjera es equivalente a la que se exige para obtener una determinada titulación universitaria impartida en el Estado Español.
Por tanto, la homologación otorga, a un título universitario extranjero desde la fecha en que se concede, los mismos efectos que el título español con el que se homologa.

La homologación se puede solicitar a la Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte o a la Delegación del Gobierno en Catalunya, al Área de Alta de Inspección de Educación.


Requisitos formativos complementarios

¿Cuándo debe hacerse?
Si has realizado estudios universitarios en el extranjero y has obtenido del MEPSYD una resolución de homologación de tu título condicionada a la superación de requisitos formativos complementarios, podràs hacerlos en cualquier centro del estado español que impartan los estudios oficiales del título objeto de la homologación.

Estos requisitos podrán consistir en:
- la superación de una prueba de aptitud;
- la realización de un período de prácticas;
- la realización de un proyecto o trabajo;
- la asistencia a cursos tutorizados.

¿Cómo debe hacerse?
Para realizar los requisitos formativos complementarios tienes que formalizar la matrícula correspondiente dentro del periodo que fija cada centro. Si se trata de una titulación que se imparte en más de un centro, solo puedes formalizar la matrícula en uno de estos centros.

La documentación que aportes tiene que estar legalizada.

Resolución
A petición de la persona interesada, el centro expedirá un certificado individual acreditativo del resultado de la/las prueba/as.
La UAB tramitará al MESYPD la resolución de la/las prueba/as y la información que solicite.


Solicitudes

Lugar
Tendrás que presentar tu solicitud en la Gestión Académica del centro que corresponda.

Plazos
La/las prueba/s se realizan dos veces durante el curso académico, en las fechas que establezca el centro. Las fechas se publicarán con una antelación mínima de 30 días naturales.
Los estudiantes disponen de cuatro años para superar la/las pruebas, a partir de la fecha de resolución del Ministerio.

Documentación

  • Resolución del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.
  • Formulario de solicitud (original y copia).
  • Comprobante del pago del precio público que se ha establecido para hacer los requisitos formativos complementarios.


Formularios y normativas relacionados

Requisitos formativos complementarios. Solicitud de matrícula
Precios de los servicios académicos y administrativos
Subdirección General de Títulos, y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación
Web del Ministerio de Educación
 

 

 

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